La
Sociedad Extremeña de la Historia decidió el año pasado centrar las XV Jornadas
de Historia en la Inquisición, institución asentada a finales del siglo XV en Llerena, acompañando y condicionando
su Historia durante más de trescientos años.
Vaya por delante, sin que se preste a
confusión alguna, que la Inquisición fue una institución
represora de la más baja calaña conocida, por los objetivos que perseguía y
los métodos empleados. Sin embargo, en absoluto debemos asumir que las malas
artes de este tenebroso tribunal, desaparecido de España hace ya casi dos
siglos, sigan utilizándose para fustigar a lo hispano por gente de escaso
recursos históricos. Es preciso, por lo tanto, repudiar a la Inquisición sin
paliativos, pero también sin dejarse llevar por interpretaciones superficiales,
que sólo conducen a desprestigiar nuestro pasado.
Sobre lo dicho, escuchado y leído en las
referidas jornadas, nada especialmente novedoso para los lectores documentados,
pues los asuntos inquisitoriales ya han sido estudiados por numerosos e
importantes historiadores españoles y foráneos, como José Antonio Escudero, uno de los más
acreditados. Aunque el profesor Escudero no intervino como ponente en las XV
Jornadas (ya lo hizo con brillantez durante las II Jornadas, en 2001), sí
conocemos su opinión gracias a numerosas publicaciones y al excelente
documental presentado en las citadas jornadas por Morrimer, donde el profesor,
profundo conocedor de las interioridades del Santo Oficio, magnífico orador y
excelente pedagogo, aprovechando al máximo los escasos diez minutos de su
intervención, dejó a un lado lo recurrente, manido y tópico para centrarse en
tres importantísimos aspectos:
-
La Inquisición como un instrumento represivo importado.
-
La necesidad de contextualizar su implantación.
-
Y la de valorar globalmente sus intervenciones.
Sobre el primero de los aspectos, está
documentado y asumido que estos tribunales especializados en la defensa de la religión
y ortodoxia oficial ya existían en otros países europeos (Francia, Italia…) antes
de 1478, fecha en la que se implantó en Castilla. Zanjamos, por lo tanto, esta
cuestión, que no merece más comentario que el argumento para cerrar ciertas
bocas populistas o desinformadas.
En cuanto al contexto histórico, es
preciso considerar que la aparición de la Inquisición castellana coincidió en
el tiempo con el proceso de reunificación de los distintos reinos cristianos
peninsulares, diferentes en muchos aspectos, pero construidos bajo una misma
religión y principios: los del cristianismo y su defensa. Bajo este contexto,
entendemos el interés de los gobernantes de la época por obviar lo que les
separaba y reforzar la religión común, instaurando
para ello un tribunal especial, el del Santo Oficio, con la finalidad de cristianizar
a judíos y moriscos. De esta forma, se regulaba y daba cobertura “legal” a los
casos de judaizantes y falsos conversos, evitando desmanes de gente poco
preparada o con oscuras intenciones, como el caso expuesto por Luis Garraín en las
II Jornadas (“Orígenes del Santo Oficio de la Inquisición en Llerena”), donde
narra cómo el alcalde mayor de Llerena y el párroco de Nuestra Sra. de la
Granada, antes de instaurase la Inquisición, en 1473 se atribuyeron la facultad
de mandar a la hoguera a ciertos llerenenses por ser judío, aparentarlo o,
simplemente, por envidia, enemistad o cualquier otra tropelía.
Sobre la cuantificación de los ejecutados
en la hoguera durante los tres siglos largos de implantación, Escudero,
salvando la violencia inquisitorial de los últimos años del XV, aprecia que los
relajados al brazo secular (condenados a muerte por la Inquisición) durante los
siglos XVI y XVII no fueron más de 600 (desprecia, por insignificante, los
relajados del XVIII y principios del XIX). Nada que ver con los 34.000 ejecutados
sin juicio previo durante la revolución francesa de finales del XVIII. Tampoco con
el número de judíos gaseados en sólo una tenebrosa noche de cualquiera de los
muchos campos de concentración nazi. Y, como hoy podemos apreciar, británicos, gabachos
e hijos y nietos de los nazis (alemanes, austriacos, holandeses, belgas…) no andan
por ahí lamentándose y flagelándose por ello; todo lo contrario, sigue
imperando en Europa la ambigüedad británica, el chovinismo francés y el
pragmatismo alemán.
EL PROCESO A FRANCISCO RIAÑO Y A MARGARITA MILLÁN
En
el XVIII, la Inquisición seguía siendo una institución represora y vigilante de
la ortodoxia oficial, más ocupada ahora en sobrevivir y acrecentar su
importante patrimonio que en quemar herejes o mandar reos a galeras.
Entre otros procesos que afectaron a
vecinos de la mancomunidad de villas hermanas (Reina,
Casas de Reina, Trasierra y, en cierto tiempo, Fuente del Arco), nos detenemos
en el que en 1748 afectó al clérigo traserreño Francisco Riaño y la reinense
Margarita Millán, por llevar vida matrimonial (AHN, INQUISICIÓN, 3726, Exp.53).
Antes de esta fecha, en 1738 Francisco Riaño pretendió conseguir el título de comisario
del Santo Oficio en Trasierra, condición social importante, dado el prestigio,
poder y capacidad de coacción que adquiría quien lo desempeñaba (AHN,
INQUISICIÓN, 3726, Exp.84).
Por lo que
hemos podido averiguar, el apellido Riaño se lo adjudicaron a Francisco de
forma aleatoria, circunstancia usual en la época, cuando hermanos de padre y madre
llevaban distintos apellidos, a veces sin relación con los de los progenitores
y abuelos. Por otros testimonios, averiguamos que Francisco pertenecía a una
familia hacendada, que en generaciones anteriores habían residido
indistintamente en cualquiera de las villas hermanas comuneras de la Encomienda
de Reina, singularizadas por disponer de un término mancomunado desde mediados
del siglo XIII. También sabemos que Riaño no consiguió su pretensión ante la
Inquisición, pero sí logró alcanzar el presbiterado, es decir, la condición de
cura santiaguista, que la ejercía en Trasierra como teniente de cura de su
parroquia.
Tanto para aspirar al cargo de comisario
del Santo Oficio como para ingresar en la carrera eclesiástica, era preciso
demostrar limpieza de sangre, es decir, no tener en determinadas generaciones
anteriores ningún ascendiente judío o moro. Este filtro se aplicaba con
distinta intensidad en cada caso, por lo que nuestro protagonista, si bien no
pudo demostrar su limpieza de sangre para formar parte del estamento
inquisitorial, no encontró reparo alguno a la hora de acceder a la condición de
eclesiástico.
En efecto, como hemos adelantado, en 1738
Riaño se postuló como comisario en Trasierra del Santo Oficio de la Inquisición
de Llerena. Sin embargo, en las probanzas e interrogatorios a testigos para
demostrar la limpieza de sangre empezó a difundirse el bulo o rumor de que un
bisabuelo de Riaño avecindado en Casas de Reina era portugués de origen judío.
Se fundamentaba el rumor en lo simplemente escuchado a unos arrieros
portugueses, de paso por esta última villa, que manifestaron haber oído hablar
del bisabuelo del postulante. Al parecer el testimonio anterior debió tener más
fuerza que las averiguaciones sostenidas por los datos recogidos en las
partidas de los Libros Sacramentales (bautismos, velaciones, casamientos y defunciones)
de las parroquias de Reina, Casas de Reinas y Trasierra donde, indistintamente quedaban
asentadas la de los ancestros de Riaño, dada la frecuencia de cambio de
domicilio entre los vecinos de las villas mancomunadas.
Nuestro protagonista no consiguió ser
comisario del Santo Oficio en Trasierra; todo lo contrario, diez años después se
vio envuelto en una investigación y condena inquisitorial por incontinencia
sexual. En efecto, en junio de 1748 el
fiscal de la Inquisición de Llerena se dirigió a don Francisco Riaño,
presbítero, teniente de cura de la parroquia de Santa Marta de Trasierra,
acusándole de incontinencia; es decir, de no ser capaz de poner freno a su
patrimonio hormonal, rompiendo con el celibato asumido y provocando un gran
escándalo entre los vecinos de las tres villas hermanas y mancomunadas, dada su
demostrada convivencia con la reinense Margarita Millán.
Se fundamentaba la acusación en un
memorial realizado por don Pedro Nicolás Montesinos, uno de los secretarios de
la Inquisición, que se había desplazado a Trasierra, Reina y Casas de Reinas,
comisionado por el Tribunal ante determinados rumores que le atribuían al
teniente de párroco frecuentar la casa de morada de Margarita Millán, soltera y
vecina de la villa de Reina. Además, según las investigaciones del tal Montesinos,
Riaño prácticamente vivía en Reina, descuidando sus quehaceres parroquianos y desatendiendo
a sus ancianos padres que tenían fijada su residencia en Trasierra, provocando
con su actitud un continuo escándalo entre los parroquianos de Reina y los vecinos de las otras villas comuneras. Se
defendía Riaño, alegando que sus frecuentes visitas a la villa de Reina estaban
motivadas por la enfermedad de su tío carnal, el cura parroquiano de dicha
villa, aparte de visitar a su hermana Lorenza de Mena, casada con Bernardino
Matheos, éste hermano de Margarita.
Contaba también Montesinos en su memorial,
que la relación pecaminosa entre don Francisco y Margarita venía de largo, habiendo
intentando disuadirlos numerosos religiosos y personas influyentes de la zona,
sin conseguirlo. Entre ellos estaba don Francisco Santos Monresín, familiar del
Santo Oficio en la villa de Casas de Reyna, hidalgo y regidor perpetuo de su
concejo, además de tío carnal de Margarita.
Como la relación pecaminosa no se
cortaba, los familiares, para ahorrarse disgustos y comentarios, acordaron
casar a Benardino Matheos, hermano de Margarita, con Lorenza de Mena, una
hermana de Riaño, estableciendo este nuevo matrimonio su residencia en la casa
de Margarita, donde convivían las dos “parejas”
El memorial también recoge testimonio de
don Basilio de Valencia, un hidalgo traserreño y familiar del Santo Oficio, quien afirmaba
que Riaño pasaba mucho tiempo en Reina, aposentado en la casa de morada de
Bernardino y Lorenza; pero, por lo demás, añadía que Riaño era una persona tranquila
y pacífica, que atendía adecuadamente a sus parroquianos.
Otro traserreño, don Pedro Maldonado,
tenía una opinión bien distinta. Textualmente decía:
…causaba escándalo con
la comunicación con la Margarita Millán, y que oyó a Francisco Llorente, que
sirvió de guarda de cerdos en la casa de ésta, que había visto entre los dos
algunas acciones deshonestas, y que dormían en un cuarto…
Sin embargo, cuando el secretario
Montesinos interrogó al tal Llorente, éste tenía otra opinión muy distinta,
afirmando de don Francisco Riaño “era un eclesiástico muy arreglado a su
estado, sin dar la menor nota ni escándalo”, circunstancia que no impidió la
condena a Riaño y Margarita, pues se le dio más importancia a los otros
testimonios, muchos de ellos avalados por los propios familiares.
En cuanto a la sentencia y condena a los
inculpaos, nada sabemos al respeto, pues el documento consultado formaba parte
de un expediente mayor, al que no hemos tenido acceso.
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