(Publicado en la Revista de Fiestas de Reina, 2010)
Como ya hemos tenido la oportunidad de conocer a través de las páginas de esta revista, en 1493 los Reyes Católicos asumieron directamente la administración de la Orden de Santiago, sustituyendo en estas funciones a los maestres santiaguistas. Los citados monarcas, aunque se aprovecharon económicamente de la dicha institución en lo que estatutariamente les correspondían, respetaron el modelo de gobierno y administración de la etapa anterior, manteniendo intacto el territorio, las jurisdicciones, el modelo administrativo y los privilegios de los vasallos santiaguistas, como ha quedado constancia de ello en la mayoría de los archivos municipales consultados (1).
Los Austria, sus sucesores, tomaron un rumbo bien distinto. Se estima que no existió ningún plan preestablecido, sino el del oportunismo político al que se prestaban los territorios de órdenes militares recientemente incorporados a la Corona, en los cuales ensayaron una serie de intervenciones que después se generalizarían en Castilla. Me refiero a la venta y empeño de villas, vasallos, tierras baldías, oficios públicos y otras prerrogativas reales en los territorios de Órdenes, en un proceso que podíamos denominar de reseñorización. Se inicia este abusivo desman¬telamiento territorial -alegando siempre dificultades financieras ocasionadas por la defensa de los intereses de la cristiandad- tras las bulas de Clemente VII (1529) y de Paulo III (1538), las cuales facultaban a Carlos I para desmembrar y separar de las Órdenes (Santiago, Alcántara, Calatrava…), en favor de particula¬res, villas y luga¬res, fortalezas, vasallos, jurisdicciones, baldíos, dehesas y otros bienes inmuebles, siempre que su valor en renta no fuese superior a 40.000 ducados. Usando de esta prerrogativa, el Emperador vendió en 1540, entre otros muchos derechos santiaguistas, más de la mitad de las rentas que poseía en Guadalcanal. Estos derechos fueron comprados por los patrones del Hospital de las Cinco Llagas de la ciudad de Sevilla, una obra pía fundada por doña Leonor de Rivera (2) y cuyo edificio es hoy sede del Parlamento de Andalucía.
Felipe II siguió la misma línea de enajenaciones ya iniciada por su progenitor. En este sentido, en 1561 le concedió el título de villa a Fuente del Arco, asignándole como término propio parte de los baldíos conocidos como Campos de Reina. Igualmente, obtuvo nuevas bulas para vender bienes raíces de las Órdenes Militares cuyas rentas anuales no fuese superior a 80.000 ducados, incluyéndose en esta partida la venta de los pueblos de Berlanga y Valverde, que entonces pertenecían a la encomienda de Reina, en este caso para quedar incluido en el señorío jurisdiccional de don Fadrique de Rivera y Portocarrero, por aquellas fechas comendador de Reina . Y a este punto es precisamente al que queríamos llegar, explicando que la visita de los comisarios regios a la villa de Reina formaba parte del citado negocio entre Felipe II y don Fadrique.
El proceso de enajenación ya se inició en 1581, rematándose el 15 de Marzo de 1590 y generando un voluminoso expediente que ocupa unos 480 folios impresos en 1725, de 50 líneas con 90 caracteres cada una, que hoy se conserva en el Archivo Municipal de Berlanga.
Su lectura tiene un extraordinario interés, pues constituye un buen documento para conocer las circunstancias económicas, políticas, hacendísticas y sociales que imperaban a mediados del XVI. También sirve para constatar el manejo que la Corona, Felipe II en este caso, hizo de las Órdenes Militares, en cuyas manos habían quedado relegadas a instituciones meramente honoríficas, utilizándolas para sofocar los continuos agobios financieros que acosaban a la Hacienda Real o para premiar y distinguir a la nobleza más fiel, a la que pertenecía don Fadrique.
Como ya hemos tenido la oportunidad de conocer a través de las páginas de esta revista, en 1493 los Reyes Católicos asumieron directamente la administración de la Orden de Santiago, sustituyendo en estas funciones a los maestres santiaguistas. Los citados monarcas, aunque se aprovecharon económicamente de la dicha institución en lo que estatutariamente les correspondían, respetaron el modelo de gobierno y administración de la etapa anterior, manteniendo intacto el territorio, las jurisdicciones, el modelo administrativo y los privilegios de los vasallos santiaguistas, como ha quedado constancia de ello en la mayoría de los archivos municipales consultados (1).
Los Austria, sus sucesores, tomaron un rumbo bien distinto. Se estima que no existió ningún plan preestablecido, sino el del oportunismo político al que se prestaban los territorios de órdenes militares recientemente incorporados a la Corona, en los cuales ensayaron una serie de intervenciones que después se generalizarían en Castilla. Me refiero a la venta y empeño de villas, vasallos, tierras baldías, oficios públicos y otras prerrogativas reales en los territorios de Órdenes, en un proceso que podíamos denominar de reseñorización. Se inicia este abusivo desman¬telamiento territorial -alegando siempre dificultades financieras ocasionadas por la defensa de los intereses de la cristiandad- tras las bulas de Clemente VII (1529) y de Paulo III (1538), las cuales facultaban a Carlos I para desmembrar y separar de las Órdenes (Santiago, Alcántara, Calatrava…), en favor de particula¬res, villas y luga¬res, fortalezas, vasallos, jurisdicciones, baldíos, dehesas y otros bienes inmuebles, siempre que su valor en renta no fuese superior a 40.000 ducados. Usando de esta prerrogativa, el Emperador vendió en 1540, entre otros muchos derechos santiaguistas, más de la mitad de las rentas que poseía en Guadalcanal. Estos derechos fueron comprados por los patrones del Hospital de las Cinco Llagas de la ciudad de Sevilla, una obra pía fundada por doña Leonor de Rivera (2) y cuyo edificio es hoy sede del Parlamento de Andalucía.
Felipe II siguió la misma línea de enajenaciones ya iniciada por su progenitor. En este sentido, en 1561 le concedió el título de villa a Fuente del Arco, asignándole como término propio parte de los baldíos conocidos como Campos de Reina. Igualmente, obtuvo nuevas bulas para vender bienes raíces de las Órdenes Militares cuyas rentas anuales no fuese superior a 80.000 ducados, incluyéndose en esta partida la venta de los pueblos de Berlanga y Valverde, que entonces pertenecían a la encomienda de Reina, en este caso para quedar incluido en el señorío jurisdiccional de don Fadrique de Rivera y Portocarrero, por aquellas fechas comendador de Reina . Y a este punto es precisamente al que queríamos llegar, explicando que la visita de los comisarios regios a la villa de Reina formaba parte del citado negocio entre Felipe II y don Fadrique.
El proceso de enajenación ya se inició en 1581, rematándose el 15 de Marzo de 1590 y generando un voluminoso expediente que ocupa unos 480 folios impresos en 1725, de 50 líneas con 90 caracteres cada una, que hoy se conserva en el Archivo Municipal de Berlanga.
Su lectura tiene un extraordinario interés, pues constituye un buen documento para conocer las circunstancias económicas, políticas, hacendísticas y sociales que imperaban a mediados del XVI. También sirve para constatar el manejo que la Corona, Felipe II en este caso, hizo de las Órdenes Militares, en cuyas manos habían quedado relegadas a instituciones meramente honoríficas, utilizándolas para sofocar los continuos agobios financieros que acosaban a la Hacienda Real o para premiar y distinguir a la nobleza más fiel, a la que pertenecía don Fadrique.
En efecto, en1581 era comendador de Reina(3) el ya citado don Fadrique Enríquez de Rivera y Portocarrero, cuyos apellidos delatan su pertenencia a ilustres familias sevillanas del XVI. Por entonces Felipe II ya le había premiado sus muchos servicios con la encomienda de Reina(4) , además de nombrarle alcayde de las fortalezas de Carmona, Marqués de Villanueva del Río (hoy también de sus Minas) y concederle el señorío de San Nicolás del Puerto, Alcaudete (Jaén), etc.
Pues bien, volviendo a la enajenación, en 1581 don Fadrique manifestó a Felipe II su interés por comprar la parte que más le interesaba de la encomienda de Reina, es decir, las villas de Berlanga, Valverde y los términos de la encomienda que les correspondiesen en función de las vecindades de sus siete pueblos, incluidos los baldíos de los denominados Campos de Reina (representaban más de 50% de las tierras de dicha encomienda), así como un cuarto de legua legal de las tierras de la encomienda de Azuaga en su límite con Berlanga. El total de la compra se estimó en 60.378.027 maravedíes, una vez conocida las vecindades de estos pueblos y medida la parte de la encomienda de Reina que quedaría adscrita a la jurisdicción de ambas villas, así como las rentas que anualmente proporcionaba el territorio a vender.
Estos maravedíes tenían como destino tapar algunos de las muchas deudas de la Hacienda Real, siempre en crisis para mantener el personal imperio de los Austria. Por ello, dicha hacienda no ingresó directamente nada, pues en la misma carta de venta se especificaba que la marquesa debía pagar directamente a los Fucares, entre otros acreedores de la Hacienda Real.
El monarca justificaba la venta para cubrir los cuantiosos gastos contraídos por la corona en defensa de la cristiandad, obteniendo previamente la oportuna autorización de la Santa Sede, credencial que siempre anteponía, como escudo, en cualquiera de las muchas enajenaciones del real patrimonio que se llevaron a cabo en su tiempo.
La enajenación que nos ocupa no concluyó hasta 1590, como ya se ha indicado, falleciendo don Fadrique en estas intermedias. Por ello, el negocio fue retomado por la marquesa viuda de Villanueva del Río, como tutora y curadora de su hijo menor de edad, reactivándose las negociaciones en 1586, fecha en la que aparecieron los comisarios regios por esta zona de la encomienda.
Parece también oportuno recordar sucintamente la situación de Reina y su encomienda antes de que don Fadrique mostrase interés por la compra en régimen señorial de la villa de Berlanga y el lugar de Valverde de Reyna, que con este nombre se conocía entonces a esta última población(5). Ambas poblaciones pertenecían entonces a la Comunidad de Siete Villas de la Encomienda de Reina, junto a la villa de Reina y los lugares de Ahillones de Reyna, Casas de Reyna, Fuente del Arco y Trasierra. La situación era algo más compleja, pues en el seno de dicha Comunidad coexistía la Mancomunidad de términos que tenían establecida desde época inmemorial los concejos de Reina, Casas de Reina, Fuente del Arco y Trasierra, es decir, la denominada Mancomunidad de Cuatro Villas Hermanas, institución supraconcejil constituida por decisión del maestre santiaguista Pelay Pérez Correa, quien en 1265 cedió a dichos concejos, de forma mancomunada e insolidium la Dehesa de Viar, con una superficie que rondaba las 16.000 fanegas (Ver croquis). Aparte, cada uno de estos cuatro concejos tenían sus ejidos y dehesas boyales privativas, disfrutando además -junto a Ahillones, Berlanga y Valverde- los aprovechamientos de los baldíos integrados en los ya referidos Campos de Reyna, a los que también tenían acceso los vecinos de las encomiendas de Azuaga y Guadalcanal, así como los de Llerena, circunscripciones con las que alindaba(6) . En reciprocidad, el vecindario de la Comunidad de Siete Vilas de la Encomienda de Reina, también tenían acceso a los aprovechamientos de los baldíos de los términos de Azuaga, Guadalcanal y Llerena. En definitiva, un enredo extraordinario en cuanto al usufructo de los baldíos, circunstancias propensas a frecuentes discordias y concordias, y cuyo desenlace jurisdiccional no se concretó hasta bien entrado el siglo XX.
Estos maravedíes tenían como destino tapar algunos de las muchas deudas de la Hacienda Real, siempre en crisis para mantener el personal imperio de los Austria. Por ello, dicha hacienda no ingresó directamente nada, pues en la misma carta de venta se especificaba que la marquesa debía pagar directamente a los Fucares, entre otros acreedores de la Hacienda Real.
El monarca justificaba la venta para cubrir los cuantiosos gastos contraídos por la corona en defensa de la cristiandad, obteniendo previamente la oportuna autorización de la Santa Sede, credencial que siempre anteponía, como escudo, en cualquiera de las muchas enajenaciones del real patrimonio que se llevaron a cabo en su tiempo.
La enajenación que nos ocupa no concluyó hasta 1590, como ya se ha indicado, falleciendo don Fadrique en estas intermedias. Por ello, el negocio fue retomado por la marquesa viuda de Villanueva del Río, como tutora y curadora de su hijo menor de edad, reactivándose las negociaciones en 1586, fecha en la que aparecieron los comisarios regios por esta zona de la encomienda.
Parece también oportuno recordar sucintamente la situación de Reina y su encomienda antes de que don Fadrique mostrase interés por la compra en régimen señorial de la villa de Berlanga y el lugar de Valverde de Reyna, que con este nombre se conocía entonces a esta última población(5). Ambas poblaciones pertenecían entonces a la Comunidad de Siete Villas de la Encomienda de Reina, junto a la villa de Reina y los lugares de Ahillones de Reyna, Casas de Reyna, Fuente del Arco y Trasierra. La situación era algo más compleja, pues en el seno de dicha Comunidad coexistía la Mancomunidad de términos que tenían establecida desde época inmemorial los concejos de Reina, Casas de Reina, Fuente del Arco y Trasierra, es decir, la denominada Mancomunidad de Cuatro Villas Hermanas, institución supraconcejil constituida por decisión del maestre santiaguista Pelay Pérez Correa, quien en 1265 cedió a dichos concejos, de forma mancomunada e insolidium la Dehesa de Viar, con una superficie que rondaba las 16.000 fanegas (Ver croquis). Aparte, cada uno de estos cuatro concejos tenían sus ejidos y dehesas boyales privativas, disfrutando además -junto a Ahillones, Berlanga y Valverde- los aprovechamientos de los baldíos integrados en los ya referidos Campos de Reyna, a los que también tenían acceso los vecinos de las encomiendas de Azuaga y Guadalcanal, así como los de Llerena, circunscripciones con las que alindaba(6) . En reciprocidad, el vecindario de la Comunidad de Siete Vilas de la Encomienda de Reina, también tenían acceso a los aprovechamientos de los baldíos de los términos de Azuaga, Guadalcanal y Llerena. En definitiva, un enredo extraordinario en cuanto al usufructo de los baldíos, circunstancias propensas a frecuentes discordias y concordias, y cuyo desenlace jurisdiccional no se concretó hasta bien entrado el siglo XX.
En definitiva, el reparto de términos entre los pueblos de la Comunidad de Siete Villas de la Encomienda de Reina era complejo. Así:
-Los lugares de la villa de Reina sólo tenían como términos propios sus ejidos y pequeñas dehesas boyales, siendo el resto del territorio aprovechado como baldíos compartidos comunalmente, es decir, los Campos de Reyna.
-Ahillones, Berlanga, Fuente del Arco y Valverde tenían separadas y deslindadas sus exclusivas dehesas boyales.
-Pero Reina, Casas de Reina y Trasierra compartían la misma dehesa boyal, la de San Pedro.
-Por otra parte, y para más enredo administrativo, Reina, Casas de Reina, Fuente del Arco y Trasierra, compartían mancomunadamente la dehesa de Viar, cedida por el maestre Pelay Pérez Correa en 1263.
-Finalmente, más del 50% de los términos de estos siete pueblos eran baldíos de aprovechamientos interconcejil (los referidos Campos de Reyna), en los que, como ya se ha dicho, también tenían derecho sobre sus aprovechamientos los vecinos de Llerena y los de las encomiendas de Azuaga y Guadalcanal(7) .
También resultaba complejo la situación de la propia villa de Reina, con dos emplazamientos por aquellas fechas: una parte en el castillo y la otra en el arrabal. Oficialmente, la villa se ubicaba en el castillo o alcazaba, donde estaban las casas de la encomienda, las casas de cabildo, el pósito, los bastimentos y la parroquia de Santa María de las Nieves, de tal manera que los reinenses -que cada vez en mayor número habían tomado la decisión de asentarse en el denominado arrabal, en torno a la ermita de San Sebastián y a lo largo de la calle Real- debía subir hasta la villa para cualquier asunto burocrático y también para recibir los sacramentos. Y era así, como ya he tenido la oportunidad de relatar en las páginas de ediciones anteriores de esta revista, porque desde los tiempos de Alonso de Cárdenas (el último de los maestres santiaguistas, que falleció en 1493), los reinenses avecindados en la alcazaba gozaban de ciertas exenciones fiscales, exenciones que fueron eliminadas a finales del XVI, por lo que ya la totalidad de su vecindario tomó la decisión de asentarse definitivamente en el arrabal o actual emplazamiento, ubicación que les resultaba más cómoda.
Pues bien, tras estas largas explicaciones abordamos la visita de los comisarios regios a Reina en 1586, concretamente el día 8 de Enero de 1586. En efecto, en dicho día se personaron en Reina el comisario real Avendaño y el escribano público comisionado para este negocio. Nada más entrar en la villa en el castillo, dichos comisarios requirieron la presencia de sus oficiales, personándose ante ellos Lázaro Martín, uno de los alcaldes ordinarios, a quien notificaron la necesidad de convocar un cabildo abierto para que el vecindario tuviese conocimiento de la decisión real de vender parte de la encomienda a la marquesa viuda de Villanueva del Río. El tal Lázaro manifestó “estar presto de cumplir lo que se le mandaba”. No obstante, dado que el otro de los alcaldes ordinario, Juan de Chaves, no se encontraba presente ese día en la villa, y que los regidores estaban avecindados en el arrabal, los comisarios decidieron suspender el pleno del cabildo para el siguiente día, que así se lo comunicaron protocolariamente en tiempo y forma a Catalina González, mujer de Juan Chaves. Después, bajando al arrabal, convocaron igualmente a Bartolomé Durán, fiel ejecutor de la villa, a Pedro Mateos, uno de los regidores, y al resto de los oficiales existentes, la mayoría de ellos, como decimos, residentes en el arrabal.
Al día siguiente, en la villa de Reina, concretamente en su emplazamiento de la alcazaba, “estando juntos en las casas de cabildo y ayuntamiento, llamados a campana tañida, según se lo han de uso y costumbre” se celebró un cabildo abierto presidido por Juan de Chaves y Lázaro Martínez, como alcaldes ordinarios y con la asistencia de Francisco Cabezas el viejo, alcalde de la Hermandad; Pedro Mateos, regidor; Bartolomé Durán, fiel ejecutor con voz y voto en el cabildo; Rodrigo Muñoz, regidor; Hernando Roque, alguacil mayor; Francisco Navarro, mayordomo del concejo; y Lázaro Martínez de Chaves, Alonso Gallego el viejo, Pedro González y García Fernández, todos vecinos de la villa, en sus respectivos nombres y en el del resto de los vecinos. Tomó la palabra el comisario Avendaño, mandando al escribano de su comisión, Pedro de Marchena, que leyese y comunicase a los reunidos la Real Cédula de Felipe II por la que había tomado la decisión de vender a la marquesa viuda de Villanueva del Río las villas de Berlanga y Valverde, más un cuarto de legua cuadrada de la encomienda de Azuaga, con sus términos y la parte que les pertenecía a estas dos villas de los baldíos integrados en el Campo de Reina –que, insistimos, debían ser repartidos conforme a la vecindad de Berlanga y Valverde y respecto a la del resto de los pueblos de la encomienda de Reina-, con todas las rentas de vasallaje que hasta entonces había pertenecido a los comendadores de Reina, de Azuaga y de los bastimentos, así como las pertenecientes a la Mesa Maestral y al Convento de San Marcos de León.
Leída y escuchada por los reinenses asistentes, Antón García, escribano de su concejo y en nombre de los demás, dijo darse por enterado. Acto seguido, tomaron, todos y cada uno de los asistentes a titulo particular, la Real Provisión de Felipe II en sus manos y la besaron; después poniéndosela sobre sus cabezas “dixeron que la obedecían con el acatamiento debido… que se cumpla e execute… que desistían de cualquier derecho que como justicias y oficiales de esta villa de Reyna tengan en la jurisdicción en la dicha villa de Berlanga y lugar de Valverde y sus términos, y la parte que les perteneciere del dicho término común (de los Campos de Reyna)…”
Justamente un año antes, fueron también convocados por Pedro de Gamarra, otro comisario regio designado expresamente para presidir la medición, amojonamiento y deslinde de todo el término de la encomienda de Reina, para averiguar así su superficie y determinar la parte de los baldíos comunales que deberían quedar integrados en los términos de estas dos villas santiaguistas enajenadas por la corona en favor de la marquesa citada. Dicho deslinde fue muy laborioso (más de cien folios impresos del expediente consultado), quedando involucrado en el mismo las autoridades de todos los pueblos de la encomienda de Reina, más las correspondientes a aquellos pueblos y encomiendas con los que confinaba (Azuaga, Guadalcanal, La Puebla, Montemolín y Llerena). En general, según se deduce de la documentación consultada, ante cualquier duda en el deslinde se imponía el criterio del comisario regio, con independencia de la opinión de los oficiales de los concejos involucrados, salvo en el caso del deslinde con Azuaga, de cuyo término pretendían llevarse una legua cuadrada en lugar del cuarto de legua cuadrada a la que hacía referencia la Real Provisión de venta. Tampoco quedó asegurado el deslinde entre la encomienda de Reina y Llerena en el denominado “sitio de las diferencia”, asunto que reverdeció en 1786, cuando, una vez eximida la villa de la Higuera de la ciudad de Llerena, hubo que deslindar su término del de Llerena y del de la encomienda de Reina.
En definitiva, las villas de Berlanga y Valverde, y por lo tanto la marquesa viuda de Villanueva de Río, quedaron francamente favorecidos en el deslinde, tanto en la superficie que le asignaron como por la calidad de las tierras deslindadas en su favor(8) . Se debía entender que estas dos villas, al apoderarse de la parte comunal de los baldíos interconcejiles de los Campos de Reyna, perdían el derecho a usufructuar los aprovechamientos de la parte que quedaba para los concejos de Ahillones, Casas de Reina, Reina y Trasierra (Fuente del Arco ya se había llevado su parte en 1561, cuando compró su título de villa exenta de la jurisdicción de Reina)(9) . Sin embargo, no lo entendieron así, pues en distintos momentos de los siglos XVII y XVIII surgieron pleitos y desavenencias por estos asuntos, a instancia de uno u otro concejo o encomienda de las vecinas, prolongándose las discrepancias hasta la desamortización civil del XIX, cuestión que se abordará en otra ocasión.
___________
(1)En casi todos los pueblos santiaguistas del entorno se conserva un documento de 1494, por el que Isabel y Fernando confirmaban sus respectivos privilegios.
(2)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “La encomienda santiaguista de Guadalcanal”, en Revista de Archivo Hispalense nº 258, Sevilla, 2002.
(3)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. Valverde de Llerena. Siglos XIII al XIX, Sevilla, 1998.
(4)Había sustituido en la encomienda de Reina a la saga de los Borja o Borgia, siendo, como es conocido, el duque San Francisco de Borja el más célebre de ellos. Véase DURÁN MILLÁN, A. “San Francisco de Borja en la Historia de Reina”, en Revista de Fiestas, Reina, 2007.
(5)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “Tres nombres para nuestro pueblo: Valverde de Reyna, simplemente Valverde y Valverde de Llerena” en Revista de Fiestas, Valverde de Llerena, 2002.
(6)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “Conflictos por las comunidades de pastos entre la encomienda de Reina y Llerena”, en Revista de Fiestas, Reina, 2009
(7)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “La mancomunidad de términos entre las villas de Reina, Casas de Reina, Fuente del Arco y Trasierra: origen y evolución”, en Actas del VIII congreso de Historia de Extremadura, Badajoz, 2006.
(8)El reparto de los Campos de Reyna se hizo en proporción al vecindario de los distintos pueblos, excluido Fuente del Arco, que ya se había llevado la parte que le correspondía en 1561, cuando compró su villazgo (véase la nota que sigue). Así las cosas, siguiendo un recuento ya realizado en 1581, el vecindario de Berlanga y Valverde ascendía a 901 vecinos, el de Reina (los de la villa en la alcazaba más los del arrabal) a 280, el de Casas de Reina a 222, el de Trasierra a 165 y el de Ahillones a 359. Es decir, las villas enajenadas se llevaron casi el 47% dl total de los términos de la Encomienda de Reina, excluyendo la parte de Fuente del Arco. MALDONADO FERNÁNDEZ, M. Valverde de Llerena…, ob. cit.
(9)MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “Comentarios al privilegio de villazgo de Fuente del Arco en 1561”, en Revista de Fiestas de Fuente del Arco, 2010.
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