El partido de llerena a finales del XVIII

El partido de llerena a finales del XVIII

domingo, 20 de diciembre de 2015

FUENTE DEL ARCO EN 1891: ROBO DEL TESORO ARTÍSTICO DE LA PARROQUIA Y OTROS ACONTECIMIENTOS


En 1891 la villa de Fuente del Arco tenía unos 1.900 habitantes, 900 más que en 1840. Su ayuntamiento estaba integrado por las siguientes personas:



 Siguiendo la ley electoral vigente, sólo los mayores hacendados locales tenían derecho a votar en las distintas elecciones para las que fuesen convocados (Cortes, Diputación, Ayuntamientos…). Por ello, dado que en 1891 debían elegirse por mitad a los nuevos ediles de Fuente del Arco, en el BOP de Badajoz del día 30 de enero de 1891 salió publicada la lista de los mayores hacendados y contribuyentes, cuya relación exponemos a continuación:



Días después, en el Boletín citado, en su edición del 4 de mayo de 1891 aparece la distribución de distritos electorales en la localidad, circunstancia que nos permite conocer el nombre que entonces tenían sus calles:

 
Con independencia de lo hasta ahora relatado, en 1891 tuvieron lugar en Fuente del Arco algunos importantes acontecimientos, que merecen la pena ser reseñados. Dos de ellos beneficiaban claramente a la localidad: el definitivo relanzamiento de las explotaciones mineras en su término y jurisdicción, y el inicio de la construcción de la vía férrea Fuente del Arco-Peñarroya, quedando su estación como un importante nudo de comunicación con Peñarroya, Mérida-Madrid y Sevilla. El tercero fue lamentable, pues relata un asalto a la parroquia, llevándose los ladrones las joyas y alhajas más importantes de la misma.

De todas las explotaciones mineras (cobre, plomo, hierro o carbón) denunciadas (declaradas o descubiertas para su explotación) en esta época, sin duda el coto minero de la Solana de la Sierra de la Jayona, denunciado un año después, fue el más transcendente e importante para la localidad, acogiéndose el conjunto de la explotación bajo la advocación de Nuestra Señora de Lara (BOP de Badajoz correspondiente al 11 de marzo de 1892). Textualmente:



Las explotaciones mineras existentes entre Peñarroya y el sur de Extremadura (especialmente las de Azuaga, Granja, Berlanga y Fuente del Arco) propiciaron la necesidad de trazar una línea férrea que comunicase esta importante cuenca minera con Sevilla (ya estaba en servicio la línea férrea Mérida-Sevilla) y la costa atlántica. Por ello, en la Gaceta de Madrid, en su edición del 18 de Julio de 1891, Alfonso XIII autorizó el trazado de la citada línea férrea, según el texto que sigue:

DON ALFONSO XIII, por la Gracia de Dios y la Constitución Rey de España, y en su nombre y durante su minoría de edad la Reina Regente del Reino;
A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Corles han decretado y Nos sancionado lo siguiente:
Artículo 1º. Se otorga a la Sociedad Minera y Metalúrgica de Peñarroya la concesión para construir, sin subvención del Estado, y explotación durante noventa y nueve años de un ferrocarril económico de vía estrecha que partiendo de Peñarroya termine en Fuente del Arco, con arreglo al proyecto y pliego de condıcıones que a  propuesta del concesionario apruebe el Ministerio de Fomento.
Art.2º. Este ferrocarril se considerará de utilidad pública para los efectos de la expropiación forzosa y el concesionario tendrá el derecho de ocupar los terrenos de dominio público y disfrutar de las demás exenciones y privilegios que las leyes conceden o puedan conceder a los de su clase. Por tanto:
Mandamos a todos los Tribunales, Justicia, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes.
Dado en Palacio a diez y seis de Julio de mil ochocientos noventa y uno.
YO LA REINA REGENTE

La concurrencia de gentes de distinto talante atraídas por las explotaciones mineras y la construcción de vías férreas alteró la paz y tranquilidad de la localidad, siendo sus tradicionales vecinos testigos de robos, asesinatos y bandidajes con demasiada frecuencia. Sin duda la noticia de más impacto fue el robo de joyas y alhajas de la parroquia, robo del que tenemos noticias por un comunicado del Juez de Instrucción de Llerena publicado en el BOP de Badajoz, el 21 de enero de 1891:





Como se aprecia, la parroquia disponía de un importante tesoro artístico, que intuimos sería aún mayor en los momentos previos a la Guerra de la Independencia (1808-13), pues durante esta contienda fue frecuente el asalto a los tesoros artísticos de conventos, ermitas y templos parroquiales, tanto por parte del ejército francés como por el de la coalición anglo-portuguesa-española.

Pues bien, llegado a este punto parece oportuno explicar el origen de este importante tesoro. Para ello es preciso adentrarnos en el tiempo pasado y tratar de explicar la aparición de la parroquia y el sistema de financiación que disponía para cubrir los gastos de mantenimiento y funcionamiento ocasionado por el culto, adelantando que se trataba de cuentas independientes a la congrua o salario del cura parroquiano y a la del resto de clérigos asociados a la misma. En definitiva, tres cuestiones independientes, pero conexionadas: el mantenimiento del culto en la parroquia, el del cura parroquiano y el de la comunidad de eclesiásticos.

El templo parroquial de Fuente del Arco ya existía a finales del XV, como hemos podido comprobar consultando los Libros de Visita de la Orden de Santiago, institución a la que perteneció esta localidad desde su fundación a mediados del siglo XIII hasta la extinción de la propia Orden a finales del Antiguo Régimen (1833). Y fueron los santiaguistas los que costearon el levantamiento del templo parroquial y los que siempre lo mantuvieron, aportando dinero para las numerosas ampliaciones y reformas que debió sufrir a lo largo del tiempo. Además, para el sostenimiento de gastos ocasionados por el culto (compra y arreglos de imágenes, retablos, ornamentos, cálices, custodias, joyas, casullas, candelabros, cera…) la Orden del Santiago cedió a cada uno de sus templos parroquiales un conjunto de bienes inmuebles (casas y fincas rústicas, los denominados bienes de Fábrica), con cuyas producciones y rentas se pudieran abordar los gastos precisos.
El control y fiscalización de las cuentas de la parroquia correspondía al concejo, cuyos oficiales (alcaldes y regidores) debían nombrar anualmente al mayordomo de la Fábrica de la Iglesia y al sacristán, responsables de administrar los bienes raíces del templo (llevando la contabilidad en el denominado Libro de Fábrica) y de custodiar el material inventariales, respectivamente Al margen de este control más directo, mayordomos y sacristanes periódicamente tenían que responder de su gestión ante los visitadores de la Orden de Santiago.
Con independencia de los bienes de Fábrica, el cura parroquiano subsistía gracia a una generosa congrua o asignación anual (pecuniaria, en rentas o mixta, según los casos), con cargo a la Orden de Santiago y a pagar entre las instituciones beneficiadas por el diezmo (10% de las producciones agropecuarias) derivado del territorio incluido en la encomienda de Reina (Reina, Ahillones, Casas de Reina, Fuente del Arco y Trasierra), en nuestro caso. Estas personas e instituciones eran el comendador de Reina (por la parte de los diezmos que cobraba),  el de los bastimentos (por las primicias que cobraba) y la Mesa Maestral o hacienda del maestre (por cuenta de los diezmos y otras rentas de vasallaje que percibía).
Aparte del cura parroquiano, asociados a la parroquia existían ciertos clérigos pertenecientes a los distintos grados de la carrera eclesiástica, cuyo número solía ser proporcional a las rentas procedentes de distintas fundaciones instituidas en la parroquia, tales como capellanías, obras pías, memoria de misas y asistencia espiritual a ermitas, hospitales y cofradías, aparte de los ingresos derivados de la administración de bautismos, velaciones, casamientos y entierros. En conjunto, estos clérigos constituían el cabildo eclesiástico, que en Fuente del Arco estaba constituido por seis o siete clérigos, que vivían con cierta solvencia, muy por encima de la mayoría del vecindario.
En realidad, dada la escasa presencia de tierras en manos de vecinos particulares (propiedad particular), el mayor hacendado local en los pueblos santiaguistas solía ser la fábrica de sus respectivas parroquias, naturalmente tras los concejos, instituciones que ostentaban la titularidad de la mayor parte de las tierras de sus términos (bienes concejiles y comunales). Sin embargo, en Fuente del Arco existían dos instituciones religiosas con una importante hacienda; nos referimos al Convento de San Marcos de León y a la institución monacal de los cartujos.
El Convento de San Marcos de León (ubicado en esta última ciudad) era la sede oficial del Prior o máxima autoridad religiosa santiaguista en la denominada Provincia de León de la Orden de Santiago, cuya capitalidad administrativa en los asuntos temporales compartían Llerena y Mérida. Siguiendo los Establecimientos y Leyes santiaguistas, a dicho convento le correspondía el 10% del diezmo que la Orden de Santiago cobraba a sus vasallos (es decir, un 1% de todas las producciones agropecuarias de los vasallos santiaguistas en la citada provincia). Gracias a esta importante partida de ingresos, el convento, además de mantener al  prior y a sus clérigos, paulatinamente levantó el magnífico edificio leones, incorporando a su patrimonio numerosos bienes raíces diseminados por todo el territorio santiaguista. Entre ellos estaba la Hacienda de Lara, con su espléndida ermita bajo la advocación de Virgen del Ara, la casa de labor y molinos adjuntos, además de un extenso terrazgo a su alrededor.
Sobre la citada hacienda disponemos de una noticia correspondiente a su desamortización en 1823 (venta en pública subasta de bienes de las Órdenes Militares y de ciertos conventos incorporados por ley al patrimonio del Estado), durante el Trienio Liberal, llevada a cabo para aliviar la crítica situación de la Hacienda Real. El anuncio de la referida subasta viene publicada en Crédito Público, según aparece en la copia que sigue:



También en el término y jurisdicción de Fuente del Arco, en una fecha que no hemos podido precisar, los cartujos de Sevilla-Cazalla adquirieron un importante patrimonio y hacienda en las proximidades de la ermita y santuario de la Virgen del Ara (la Cartuja), que igualmente fue desamortizado en el Trienio Liberal, justo en la misma partida que el de la Hacienda de Lara, según el anuncio que sigue:
 

sábado, 21 de noviembre de 2015

HIGUERA DE LLERENA DURANTE LA DICTADURA DEL GENERAL PRIMO DE RIVERA


 

        Especialmente nos centramos en el bienio 1928-29, cuando, entre otros asuntos, se intentó cambiar el nombre de HIGUERA DE LLERENA por el de MARÍA CRISTINA, desentendiéndose de su ancestral historia y rindiendo honores al monarca reinante, Alfonso XIII, y a su madre, la ex reina María Cristina de Borbón Habsburgo-Lorena, viuda de Alfonso XII.

De 1928 hemos recogido algunas noticias de importancia que afectaron a la villa, gracias a la campaña publicitaria desarrollada por la Dictadura de Primo de Rivera, ya por aquellas fechas en horas bajas. En efecto, entre 1923 y principios de 1930, al régimen político que administraba España suele conocerse por el nombre de Directorio Militar, o Dictadura del general Primo de Rivera, tras el golpe militar llevado a cabo por este general el 13 de septiembre de 1923.

Tras el citado golpe, quedó en suspenso la Constitución vigente, el Parlamento y los partidos políticos, medidas que se complementaron con una ley de imprenta muy restrictiva. Y bajo estas circunstancias, el directorio militar y la monarquía constitucionalista reinante cohabitaban en una entente cordial, preludio de la segunda república.

Al amparo de este régimen surgió una especie de asociación o partido político único, la Unión Patriótica, que administraba una buena parte de los ayuntamientos extremeños, como el de Higuera de Llerena.

La administración encabezada por Primo de Rivera estaba ya muy cuestionada en 1928, lanzando la Unión Patriótica una campaña publicitaria inusual hasta entonces, como la insertada sobre Higuera, resaltando los logros y avances del Directorio. Esta circunstancia nos permite  acceder a interesantes datos y fotografías de la época (de escasa calidad, pero valiosas, por testimoniales), como las tomadas del periódico Correo Extremeño, edición del 13 de septiembre de 1928.
 



        Las escuelas, según recogemos del “Nuevo Día de Cáceres”, edición del 6 de septiembre de 1927, fueron solemnemente inauguradas el día anterior.

       


De 1929 tenemos otras noticias no menos interesantes. Así, hemos podido comprobar cómo el día 11 de marzo tuvo lugar una sesión extraordinaria del Ayuntamiento pleno de Higuera de Llerena, bajo la presidencia de su alcalde, don Francisco León Mérida (el del retrato). Asistieron, aparte del secretario (Antonio Aparcero León), sus seis concejales (AMHLl, Libro de Actas Capitulares de 1929, fol. 65).

El punto principal del orden del día se refería a la conveniencia de cambiar el nombre del pueblo, alegando que con frecuencia solía confundirse con el próximo de Higuera de la Serena…, argumento que se nos antoja endeble.  Proponía el citado alcalde sustituirlo por el de MARÍA CRISTINA, en honor de la madre de Alfonso XIII, el complicado monarca de triste recuerdo, que incendió el país y fue el primero en abandonarlo.



Para ello, alegaba:

-         Primero,  porque con ello se perpetuaba la memoria de una reina piadosa y cristiana, modelo de madre y esposa, que en años aciagos para la Patria supo llevar las riendas, atendiendo al mismo tiempo a la cultura y enseñanza de sus hijos.

-         Segundo, porque como saben los señores concejales la proximidad del pueblo con el de Higuera de la Serena, origina muchas confusiones en la correspondencia…

Los concejales aprobaron por unanimidad la propuesta del alcalde, felicitándole por su acertada iniciativa y tomando el acuerdo de que el expediente de la propuesta de cambio de nombre para el pueblo… sea remitido a la superioridad por conducto del Excmo. Sr. Gobernador Civil d la Provincia, por si tiene a bien darle el curso correspondiente y que, así mismo, se telegrafíe al Excmo. Sr. Mayordomo de Palacio para que lo ponga en conocimiento de S. M. el Rey, como prueba de adhesión y respeto.

        El alcalde, Paco León para los amigos, supo sacarle rentabilidad a la campaña publicitaria que la Dictadura llevada a cabo mediante el Correo Extremeño, periódico utilizado en Extremadura como órgano de expresión y propaganda del régimen dictatorial y su partido único, la Unión Patriótica, partido en el que se encuadraban la práctica totalidad de los alcalde de esta región. Así, en la edición correspondiente al 29 de abril de 1929, se insertó el siguiente artículo propagandístico:

       


Hasta el 7 de mayo siguiente no se volvió a tratar sobre este asunto en sesiones plenarias (AMHLl, Libro de Actas Capitulares de 1929, fol. 69 vto.) En este caso se recogía escuetamente la negativa de la superioridad a tal cambio, indicando que el expediente había sido devuelto por la Dirección General de la Administración, negativa también publicada en el BOP de Badajoz, argumentando lo posteriormente recogido en el Boletín de la Real Sociedad de Geografía, (tomo LXXI, 1931, pág. 273):

       
 


        Pero Paco León no desistió en su devoción por doña María Cristina, proponiendo levantarle un monumento en Higuera de Llerena, según se recoge en otro artículo propagandístico publicado en el Correo Extremeño.




 

 

 

martes, 17 de noviembre de 2015

DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER DE PULMÓN



HOY HACE 9 MESES Y 13 DÍAS QUE DEJÉ DE FUMAR.

Después de un otoño complicado, en el que parecía imposible salir de un catarro…

TAMBIÉN HOY HACE 9 MESES Y 13 DÍAS QUE ME DIAGNOSTICARON UN CÁNCER DE PULMÓN.

Tras un largo mes de estudios, pruebas, visitas a médicos (…) y mucha, mucha angustia, más dolorosa la que generaba a mi alrededor que la propia…

HOY HACE 8 MESES Y 13 DÍAS QUE ME OPERARON DE PULMÓN, EXTIRPANDO MI LÓBULO SUPERIOR IZQUIERDO.

HOY HACE 7 MESES Y 15 DÍAS QUE INICIÉ LAS SESIONES DE QUIMIOTERAPIA

HOY HACE 3 MESES Y 9 DÍAS QUE TERMINÉ CON LAS SESIONES DE QUIMIOTERAPIA

HOY, 17 de noviembre de 2015, DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER DE PULMÓN, la tecnología y los recursos humanos me están ayudando a superar la enfermedad.

YA SABES, FUMAR PRODUCE CÁNCER, MALOS HUMOS Y MALA CALIDAD DE VIDA

A  mí me ha tocado, PROCURA QUE NO TE TOQUE A TÍ

UN ABRAZO

lunes, 2 de noviembre de 2015

CEMENTERIOS



Cerraron sus ojos
que aún tenía abiertos,
taparon su cara
con un blanco lienzo,
y unos sollozando,
otros en silencio,
de la triste alcoba
todos se salieron.

...
¿Vuelve el polvo al polvo?
¿Vuela el alma al cielo?
¿Todo es sin espíritu,
podredumbre y cieno?
No sé; pero hay algo
que explicar no puedo,
algo que repugna
aunque es fuerza hacerlo,
el dejar tan tristes,
tan solos los muertos.



...
¡Dios mío, qué solos
se quedan los muertos!
 
 Poemas de Gustavo Adolfo Bécquer

 

El 2 de noviembre, día de Todos los Santos, en los pueblos de este entorno cultural tenemos por costumbre recordar a nuestros muertos mediante una visita a los Cementerios o Camposantos, limpiando y adornando sus tumbas, y, si es preciso, viajando para ello a nuestro lugar de origen.

Esta tradición es relativamente moderna, pues la aparición de los primeros cementerios data de  1787. Con anterioridad, los enterramientos tenían lugar en las parroquias, ermitas, conventos y otros institutos religiosos, bien dentro de estos edificios sagrados o en sus alrededores más inmediatos, ocupando las sepulturas una posición más o menos preminente en función de  la consideración social que había tenido su ocupante.

La costumbre descrita, muy arraigada entre nuestros antepasados, chocaba frontalmente con los aires ilustrados que imperaban en 1787, que repudiaban esta tradición alegando lo insano de esta práctica, que en tiempos de epidemias podía facilitar su expansión, aparte del mal olor que solía reinar en los recintos sagrados.

Las primeras disposiciones emitidas sobre la necesidad de construir estas dependencias mortuorias más allá de las iglesias y ermitas corresponden a la Real Cédula de 3 de Abril de 1787, por la que Carlos III dispuso la prohibición de enterramiento en los templos y sus proximidades. Para ello, propuso  la construcción de recintos sagrados en sitios ventilados y a una distancia prudente de los núcleos urbanos, quedando circunvalado estos recintos con un muro lo suficientemente alto como para impedir la entrada de animales carroñeros que pudieran desenterrar los cadáveres. Sólo se contemplaban enterramientos en iglesias y ermitas para el caso de  la familia real, el clero y elementos notables de la sociedad.

No obstante lo legislado, la mayor parte de los núcleos urbanos de nuestro entorno, alegando dificultades financieras, incumplieron lo dispuesto al respecto. Por ello, a lo largo del XIX se siguió legislando sobre este particular, con nuevas disposiciones en 1799, 1806, 1833, 1834 y1840, que insistían en la necesidad de construir cementerios, dando para ello ciertas facilidades.



Sobre las disposiciones de 1799, hemos localizado la siguiente referencia en  el A.M. de Guadalcanal:

 
 


En el reglamento de 1833 se daba paso a una jurisdicción mixta eclesiástico-civil sobre estas dependencias, quedando los municipios con la responsabilidad de la construcción del nuevo recinto, mientras que su custodia pasaba a manos de las autoridades eclesiásticas.

A mediados del XIX, estando la provincia de Badajoz gravemente afectada por un brote de cólera morbo asiático,  una buena parte de sus pueblos seguían sin cementerio. Por ello, en el BOP de Badajoz, en su edición del 12 de marzo de 1855 aparece inserta la siguiente circular.




     
                     
                                  

En Reina, por un acuerdo 26 de junio de 1844 su cabildo sacó a subasta pública la construcción del cementerio, tasando la obra en 6.720 reales y publicando dicha subasta en el BOP de Badajoz, en su edición 3 de julio de 1844, según el texto que sigue:



Sin embargo, a la fecha de publicación de la circular de marzo de 1855, ya referida, aún no se había efectuado la obra, por lo que el pleno de 20 de mayo de 1855 volvieron a sacar a subasta  pública su construcción, según el anuncio insertado en el BOP de Badajoz,  edición de 27 de junio de 1855:

 


         Idéntico proceder tuvieron los capitulares de Azuaga (y de otros pueblos del entorno), acordando la construcción del cementerio durante el pleno de 24 de abril de 1856, según se publicó en el BOP de Badajoz, edición de del 9 de mayo de 1856.
 

miércoles, 14 de octubre de 2015

CASAS DE REINA EN 1892

(Fotografía cedida por Juli Ibáñez)

Después de analizar y estudiar con detenimiento las Actas Capitulares de Azuaga, Guadalcanal, Llerena, Valverde…, correspondiente a los tiempos pasados (Antiguo Régimen, más la práctica totalidad del siglo XIX y las primeras décadas del XX), hemos podido comprobar la validez del aquel dicho que llamaba la atención sobre el hambre y las necesidades que rodeaban a los maestros y enseñantes en general, que no era mayor que la ignorancia del pueblo llano y la prepotencia de las clases o estamentos favorecidos.

En efecto, como en los tiempos a los que nos referimos  la enseñanza corría a cargo de las arcas municipales, en las referidas actas se advierte con claridad que las partidas presupuestarias de los Ayuntamientos destinadas para cubrir estas importantes parcela eran despreciables o inexistentes, siendo, en cualquier caso, las primeras en sufrir recortes cuando la hacienda concejil entraba en apuros, circunstancia usual; es decir, como ahora…, lo de los recortes.

Y, como muestra, la crónica que sigue correspondiente a Casas de Reina, según aparece en el periódico el Orden (de Badajoz), en su edición del 30 de abril de 1892, que pone de manifiesto el mando en plaza del prepotente alcalde y el hambre del sufrido maestro.
 
 
 

 

domingo, 20 de septiembre de 2015

LA INQUISICIÓN. EL PRODESO CONTRA FRANCISCO RIAÑO Y MARGARITA MILLÁN



      La Sociedad Extremeña de la Historia decidió el año pasado centrar las XV Jornadas de Historia en la Inquisición, institución asentada a finales del  siglo XV en Llerena, acompañando y condicionando su Historia durante más de trescientos años.

      Vaya por delante, sin que se preste a confusión alguna,  que la Inquisición fue una institución represora de la más baja calaña conocida, por los objetivos que perseguía y los métodos empleados. Sin embargo, en absoluto debemos asumir que las malas artes de este tenebroso tribunal, desaparecido de España hace ya casi dos siglos, sigan utilizándose para fustigar a lo hispano por gente de escaso recursos históricos. Es preciso, por lo tanto, repudiar a la Inquisición sin paliativos, pero también sin dejarse llevar por interpretaciones superficiales, que sólo conducen a desprestigiar nuestro pasado.

      Sobre lo dicho, escuchado y leído en las referidas jornadas, nada especialmente novedoso para los lectores documentados, pues los asuntos inquisitoriales ya han sido estudiados por numerosos e importantes historiadores españoles y foráneos, como  José Antonio Escudero, uno de los más acreditados. Aunque el profesor Escudero no intervino como ponente en las XV Jornadas (ya lo hizo con brillantez durante las II Jornadas, en 2001), sí conocemos su opinión gracias a numerosas publicaciones y al excelente documental presentado en las citadas jornadas por Morrimer, donde el profesor, profundo conocedor de las interioridades del Santo Oficio, magnífico orador y excelente pedagogo, aprovechando al máximo los escasos diez minutos de su intervención, dejó a un lado lo recurrente, manido y tópico para centrarse en tres importantísimos aspectos:

-         La Inquisición como un instrumento represivo importado.

-         La necesidad de contextualizar su implantación.

-         Y la de valorar globalmente sus intervenciones.

   

      Sobre el primero de los aspectos, está documentado y asumido que estos tribunales especializados en la defensa de la religión y ortodoxia oficial ya existían en otros países europeos (Francia, Italia…) antes de 1478, fecha en la que se implantó en Castilla. Zanjamos, por lo tanto, esta cuestión, que no merece más comentario que el argumento para cerrar ciertas bocas populistas o desinformadas.

     En cuanto al contexto histórico, es preciso considerar que la aparición de la Inquisición castellana coincidió en el tiempo con el proceso de reunificación de los distintos reinos cristianos peninsulares, diferentes en muchos aspectos, pero construidos bajo una misma religión y principios: los del cristianismo y su defensa. Bajo este contexto, entendemos el interés de los gobernantes de la época por obviar lo que les separaba y reforzar la religión común,  instaurando para ello un tribunal especial, el del Santo Oficio, con la finalidad de cristianizar a judíos y moriscos. De esta forma, se regulaba y daba cobertura “legal” a los casos de judaizantes y falsos conversos, evitando desmanes de gente poco preparada o con oscuras intenciones, como el caso expuesto por Luis Garraín en las II Jornadas (“Orígenes del Santo Oficio de la Inquisición en Llerena”), donde narra cómo el alcalde mayor de Llerena y el párroco de Nuestra Sra. de la Granada, antes de instaurase la Inquisición, en 1473 se atribuyeron la facultad de mandar a la hoguera a ciertos llerenenses por ser judío, aparentarlo o, simplemente, por envidia, enemistad o cualquier otra tropelía.

      Sobre la cuantificación de los ejecutados en la hoguera durante los tres siglos largos de implantación, Escudero, salvando la violencia inquisitorial de los últimos años del XV, aprecia que los relajados al brazo secular (condenados a muerte por la Inquisición) durante los siglos XVI y XVII no fueron más de 600 (desprecia, por insignificante, los relajados del XVIII y principios del XIX). Nada que ver con los 34.000 ejecutados sin juicio previo durante la revolución francesa de finales del XVIII. Tampoco con el número de judíos gaseados en sólo una tenebrosa noche de cualquiera de los muchos campos de concentración nazi. Y, como hoy podemos apreciar, británicos, gabachos e hijos y nietos de los nazis (alemanes, austriacos, holandeses, belgas…) no andan por ahí lamentándose y flagelándose por ello; todo lo contrario, sigue imperando en Europa la ambigüedad británica, el chovinismo francés y el pragmatismo alemán.

 

EL PROCESO A FRANCISCO RIAÑO Y A MARGARITA MILLÁN

      En el XVIII, la Inquisición seguía siendo una institución represora y vigilante de la ortodoxia oficial, más ocupada ahora en sobrevivir y acrecentar su importante patrimonio que en quemar herejes o mandar reos a galeras.

      Entre otros procesos que afectaron a vecinos de la mancomunidad de villas hermanas (Reina, Casas de Reina, Trasierra y, en cierto tiempo, Fuente del Arco), nos detenemos en el que en 1748 afectó al clérigo traserreño Francisco Riaño y la reinense Margarita Millán, por llevar vida matrimonial (AHN, INQUISICIÓN, 3726, Exp.53). Antes de esta fecha, en 1738 Francisco Riaño pretendió conseguir el título de comisario del Santo Oficio en Trasierra, condición social importante, dado el prestigio, poder y capacidad de coacción que adquiría quien lo desempeñaba (AHN, INQUISICIÓN, 3726, Exp.84).  

      Por lo que hemos podido averiguar, el apellido Riaño se lo adjudicaron a Francisco de forma aleatoria, circunstancia usual en la época, cuando hermanos de padre y madre llevaban distintos apellidos, a veces sin relación con los de los progenitores y abuelos. Por otros testimonios, averiguamos que Francisco pertenecía a una familia hacendada, que en generaciones anteriores habían residido indistintamente en cualquiera de las villas hermanas comuneras de la Encomienda de Reina, singularizadas por disponer de un término mancomunado desde mediados del siglo XIII. También sabemos que Riaño no consiguió su pretensión ante la Inquisición, pero sí logró alcanzar el presbiterado, es decir, la condición de cura santiaguista, que la ejercía en Trasierra como teniente de cura de su parroquia.

      Tanto para aspirar al cargo de comisario del Santo Oficio como para ingresar en la carrera eclesiástica, era preciso demostrar limpieza de sangre, es decir, no tener en determinadas generaciones anteriores ningún ascendiente judío o moro. Este filtro se aplicaba con distinta intensidad en cada caso, por lo que nuestro protagonista, si bien no pudo demostrar su limpieza de sangre para formar parte del estamento inquisitorial, no encontró reparo alguno a la hora de acceder a la condición de eclesiástico.

      En efecto, como hemos adelantado, en 1738 Riaño se postuló como comisario en Trasierra del Santo Oficio de la Inquisición de Llerena. Sin embargo, en las probanzas e interrogatorios a testigos para demostrar la limpieza de sangre empezó a difundirse el bulo o rumor de que un bisabuelo de Riaño avecindado en Casas de Reina era portugués de origen judío. Se fundamentaba el rumor en lo simplemente escuchado a unos arrieros portugueses, de paso por esta última villa, que manifestaron haber oído hablar del bisabuelo del postulante. Al parecer el testimonio anterior debió tener más fuerza que las averiguaciones sostenidas por los datos recogidos en las partidas de los Libros Sacramentales (bautismos, velaciones, casamientos y defunciones) de las parroquias de Reina, Casas de Reinas y Trasierra donde, indistintamente quedaban asentadas la de los ancestros de Riaño, dada la frecuencia de cambio de domicilio entre los vecinos de las villas mancomunadas.

      Nuestro protagonista no consiguió ser comisario del Santo Oficio en Trasierra; todo lo contrario, diez años después se vio envuelto en una investigación y condena inquisitorial por incontinencia sexual. En efecto,  en junio de 1748 el fiscal de la Inquisición de Llerena se dirigió a don Francisco Riaño, presbítero, teniente de cura de la parroquia de Santa Marta de Trasierra, acusándole de incontinencia; es decir, de no ser capaz de poner freno a su patrimonio hormonal, rompiendo con el celibato asumido y provocando un gran escándalo entre los vecinos de las tres villas hermanas y mancomunadas, dada su demostrada convivencia con la reinense Margarita Millán.

      Se fundamentaba la acusación en un memorial realizado por don Pedro Nicolás Montesinos, uno de los secretarios de la Inquisición, que se había desplazado a Trasierra, Reina y Casas de Reinas, comisionado por el Tribunal ante determinados rumores que le atribuían al teniente de párroco frecuentar la casa de morada de Margarita Millán, soltera y vecina de la villa de Reina. Además, según las investigaciones del tal Montesinos, Riaño prácticamente vivía en Reina, descuidando sus quehaceres parroquianos y desatendiendo a sus ancianos padres que tenían fijada su residencia en Trasierra, provocando con su actitud un continuo escándalo entre los parroquianos de Reina  y los vecinos de las otras villas comuneras. Se defendía Riaño, alegando que sus frecuentes visitas a la villa de Reina estaban motivadas por la enfermedad de su tío carnal, el cura parroquiano de dicha villa, aparte de visitar a su hermana Lorenza de Mena, casada con Bernardino Matheos, éste hermano de Margarita.

      Contaba también Montesinos en su memorial, que la relación pecaminosa entre don Francisco y Margarita venía de largo, habiendo intentando disuadirlos numerosos religiosos y personas influyentes de la zona, sin conseguirlo. Entre ellos estaba don Francisco Santos Monresín, familiar del Santo Oficio en la villa de Casas de Reyna, hidalgo y regidor perpetuo de su concejo, además de tío carnal de Margarita.

      Como la relación pecaminosa no se cortaba, los familiares, para ahorrarse disgustos y comentarios, acordaron casar a Benardino Matheos, hermano de Margarita, con Lorenza de Mena, una hermana de Riaño, estableciendo este nuevo matrimonio su residencia en la casa de Margarita, donde convivían las dos “parejas”

      El memorial también recoge testimonio de don Basilio de Valencia, un hidalgo traserreño  y familiar del Santo Oficio, quien afirmaba que Riaño pasaba mucho tiempo en Reina, aposentado en la casa de morada de Bernardino y Lorenza; pero, por lo demás, añadía que Riaño era una persona tranquila y pacífica, que atendía adecuadamente a sus parroquianos.

      Otro traserreño, don Pedro Maldonado, tenía una opinión bien distinta. Textualmente decía:

…causaba escándalo con la comunicación con la Margarita Millán, y que oyó a Francisco Llorente, que sirvió de guarda de cerdos en la casa de ésta, que había visto entre los dos algunas acciones deshonestas, y que dormían en un cuarto…

      Sin embargo, cuando el secretario Montesinos interrogó al tal Llorente, éste tenía otra opinión muy distinta, afirmando de don Francisco Riaño “era un eclesiástico muy arreglado a su estado, sin dar la menor nota ni escándalo”, circunstancia que no impidió la condena a Riaño y Margarita, pues se le dio más importancia a los otros testimonios, muchos de ellos avalados por los propios familiares.

      En cuanto a la sentencia y condena a los inculpaos, nada sabemos al respeto, pues el documento consultado formaba parte de un expediente mayor, al que no hemos tenido acceso.
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