Boda de Felipe IV y Mariana de Austria. Fresco de la bóveda de la galería del palacio
real de Nápoles
Felipe
IV (Valladolid, 1605 - Madrid, 1665) fue hijo de Felipe III y Margarita de
Austria, reinando entre 1621 y 1665. En 1608 juró como príncipe y futuro rey de
España, recibiendo una educación propia de su rango.
Por intereses monárquicos, en 1615 se concertó su primer matrimonio con
Isabel de Borbón, cuando sólo contaban con 10 y 12 años de edad respectivamente. Fueron pades de siete hijos, entre ellos el príncipe Baltasar Carlos, que falleció
a la temprana edad de 17 años. También fallecieron sus otros hermanos (sólo
sobrevivió María Teresa de Austria, casada con Luis XIV de Francia, abuela del
que después sería Felipe V, el primero de los Borbón españoles) e Isabel de
Borbón, la reina madre, generándose un grave problema en la línea sucesoria,
que aconsejo el nuevo casamiento del rey con una mujer joven y de ascendencia
prolífica, entre las que seleccionaron a Mariana de Austria, sobrina carnal del
monarca.
El 7 de octubre de 1649, cuando aún no había cumplido los 15 años
de edad, doña Mariana de Austria ratificó su matrimonio con su tío carnal, un
hombre que ya contaba con 44 años. Se celebró en Navalcarnero, en la Casa de la
Cadena, elección que no se debió a ningún capricho, sino a que, según una vieja
costumbre, el lugar donde se celebraba una misa de velaciones real quedaba
exento de impuestos durante un año. Se eligió entonces Navalcarnero porque era
uno de los pueblos más cercanos a Madrid y porque su escaso número de
habitantes resultaría más barato para la hacienda real. De haber sido Madrid,
el descalabro para el fisco habría sido terrible, aunque no alcanzaría los
150.000.000 maravedíes que el monarca solicito de ayuda al reino para su
casamiento.
Con Mariana de Austria tuvo cinco hijos, de los que solamente
sobrevivieron Margarita Teresa (casó con Leopoldo I, titular del Sacro Imperio
Romano Germánico y cuyo heredero, el archiduque de Austria, le disputó el trono
a Felipe V durante la Guerra de Sucesión española) y el débil Carlos II, que en
1665, incapacitado para asumir cualquier tipo de responsabilidad, heredó el trono. Pero con el trono también heredó:
- Guerras y discordias con la mayoría de las monarquías europeas.
- Otros conflictos armados dentro de la Península, más sangrientos
y espinosos, como las guerras para sofocar las independencias de Cataluña y
Portugal, esta última con gran y grave repercusión sobre Extremadura.
- Deudas de la Real Hacienda acumuladas desde tiempos anteriores.
- Una presión fiscal elevada e injustamente aplicada.
- Un sistema de recaudación muy complejo y costoso.
- Unos concejos que en su mayor parte tenían sus propios y
comunales hipotecados.
- Y, por abreviar, que podríamos añadir otras calamidades naturales
(epidemias, plagas de langostas y gorgojos, malas cosechas…), un sistema
monetario débil, anárquico y fraudulento, que dificultaba el comercio interior
y exterior.
Naturalmente,
la boda de Felipe IV con su sobrina en 1648 tuvo repercusión en Llerena y en
los pueblos de su partido fiscal. Así, en Llerena, en el cabildo de 23 de
octubre de 1648, en ausencia del gobernador se reunieron los capitulares
presidido por don Esteban Lasso Adame, el alcalde mayor. Se inició la sesión
con la lectura de una orden de S.M. y señores de la junta del Reino, mandando
que la ciudad y sus socampanas (aldeas de Cantalgallo, Higuera y Maguilla)
debían contribuir con un servicio tributario extraordinario para ayudar a S. M.
en los gastos de su casamiento con doña Mariana de Austria, estipulándose este
tributo en 322.842 mrs., cuando un jornal de la época rondaba los 30 mrs.
Dada la circunstancia de que en Llerena se asentaba una de las
subdelegaciones territoriales de la Hacienda Real (la delegación estaba en
Salamanca, como centro neurálgico de la provincia fiscal a la que pertenecía el
territorio extremeño), en la misma orden venía inserta las distintas cantidades
a pagar por cada una de las villas y lugares pertenecientes a la misma, donde
estaba incluidos todos los concejos santiaguistas de la
denominada Provincia de León de la Orden de Santiago en el territorio
extremeño, más el de Puebla del Maestre.
Se alegaba en la carta orden que el Reyno había concedido a S.
M de un servicio extraordinario para su casamiento de 150.000.000 mrs.,
correspondiéndole a cada uno de los concejos de la Provincia de León de la
Orden de Santiago las siguientes cantidades de maravedíes:
Llerena, con sus aldeas, 322.842. El arrabal de la villa de Reyna,
28.018 . Las Casas de Reyna, 22.906. Valberde de Reyna, 37.904. Trassiera,
28.111. Ayllones, 51.253. Fuente el Arco, 40.210. La villa de berlanga, 90.805.
La villa de Azuaga, 192.650. La granja, 65.811. Campillo, 65.590. Retamal,
38.316. Valencia de la Torre, 73.600. Llera de Hornachos, 36.090. La villa de
Hornachos, 173.698. La villa de Rivera 118.656. La Hinojosa, 20.929. La Puebla
de la Reyna, 32.136. Palomas, 32.960. La villa de la Oliva, 62.624. La villa de
Alange, 29.664. La Zarza, tierra de Alange 58.833. La villa de Gonzalo, 22.082.
Almendralejo, 140.915. Azeuchal, 80.752. Villafranca, 88.607. Fuente del
Maestre, 167.436. Los Santos de Maymonas, 121.952. Valencia del Ventosos
80.257. La Puebla de Sancho Pérez, 53.889. Medina de las Torres, 71522. Jerez
de Badajoz y el Valle de Matamoros y lugar de Santana, 267.369. La villa de
Segura de León y las cassas del monte que dizen que es todo un concejo, 83.194.
Fuentes y el Cañaveral su anejo, 86.809. Arroyo Molinos, que es de la encomienda
Mayor de León, 28.269. Cavezalavaca, 56.302. La Calera, 37.904. Monesterio, 81.
739. Montemolin, 98.380. Fuente de Cantos, 125.165. Calzadilla, 68.664.
Vienvenida, 57.514. Usagre, 97.076. Guadalcanal, 163.645. La Ziudad de Mérida,
174, 356. La Hava, 9.225. Santana, 1.648. Cordovilla, 15.490. Carmonita, 4.120.
Esparragalexo,14.900. Carascalejos, 11.806. Truxillano, 8.240. San Pedro,
jurisdicción de Mérida, 18.292. Don Álvaro, 15. 922. Torremocha, 3.451.
Calamonte 7.928. Valverde de Mérida, 43.340. Aljucen, 15,810. Arroyo, que es
tierras de la dicha ziudad de Mérida, 87.172. La Puebla de la Calzada, 29.993.
Erguijuela 8.497. Mirandilla, 29.193. Garrovilla22.248. Lovon, 48.280. Montijo,
89.979. Montánchez 54.876. Almoarin, 74.518. Salvatierra 20.464. Alcuescar,
74.106. Votija, 21.916. Casas de Don Antonio, 25.202. La Zarza, 39.386.
Venquerenzia, 17.138. La Torre de Santa María, 18.602. Val de Fuentes, 18.202.
Alvalá 41.828. Arroyomolinos, tierra de Montanchez, 58.162. Val de Morales, 10.360. Torremocha, 57843. Puebla
del Prior, 21.753. La Puebla que dizen del Conde de la Puebla, 38.233. La Villa
de Reyna de los muros a dentro, sin perjuicio de qualquier privilegio u otro
qualquier derecho que pretendan tener para no pagar el dicho servicio, 9144 que
mando se suspendan de cobrar hasta tanto se resuelva el proceso que sobre ello
se trata en mi contaduría mayor de Hacienda (AMLl., Sec. AA.CC., fol. 69 vto y ss., fotograma de la edición digital nº 144 y ss.).
Para
facilitar el pago se establecieron siete plazos: el primero a finales de 1648,
y seis más cada cuatro meses. Igualmente se estipulaba que la cantidad asignada
debía de repartirse equitativamente entre los vecinos, sin que nadie quedara
agraviado y, una vez recaudada, cada concejo, por su cuenta y riesgo, debía
depositar ante escribano público la cantidad correspondiente en el arca de tres
llaves que debía construirse para este efecto en la subdelegación de hacienda
de Llerena, salvo los concejos pertenecientes a las tierras de la ciudad de
Mérida, que podían hacer efectivo el pago en esta ciudad.
Leída en
el pleno la carta orden anterior, los capitulares llerenense la acataron con el
debido respeto, para lo cual en primer lugar mandaron construir un arca de tres
llaves donde guardar el dinero a ingresar para este servicio real, nombrando a
continuación a los tres depositarios correspondientes y a la terna responsable
de repartir entre los vecinos de Llerena y sus aldeas los 322.842 maravedíes
asignados.